La psicología forense privilegia la identificación, estudio y análisis de patrones conductuales (costumbres y hábitos), esto debido a la inexistencia de ORIGINALIDAD en la expresividad material (física) de conductas y comportamientos humanos en cualquiera de sus manifestaciones.
Su carácter fáctico la obliga a dar respuestas en cuanto a los porqués, cómo, cuándo, quién o qué tipo de personas son responsables o protagonistas de conductas antijurídicas determinadas (*), escenarios penados por la ley, hechos dudosos, casos sin resolver o que ameriten explicaciones técnico descriptivas en ámbitos tribunalicios, policiales, sociales, políticos y de la ley en general.
(*) Circunstanciales, instrumentales, expresivas o psicopatológicas.
Para ninguna ciencia forense moderna, resulta serio, ni responsable considerar pronunciamientos de índole teórico, hipotéticos o prejuicios irreales imposibles de demostrar. “No basta con decir, pensar, suponer u opinar. Hay que probar”.
Simplemente, cuando se involucra el destino de personas y de sus “sistemas familiares” no son argumentos aceptables, proposiciones subjetivas que carecen de evidencia plausible o de pruebas empíricas posibles de observar. En el ámbito legal, donde se juzgan y condenan las conductas humanas, sus resoluciones son y serán siempre; blanco o negro, inocentes o culpables, no existen términos medios, siempre la credibilidad de una de las partes durante el juicio oral terminará imponiendo su “verdad”.

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